La subdivisión horizontal significa la creación de propiedades independientes dentro de un mismo edificio, por piso. Esta forma de división se opone a la vertical, que se presenta con mayor frecuencia en las viviendas unifamiliares. La legislación aplicable es la Ley 49/1960, de 21. de julio, sobre propiedad horizontal, y sus correspondientes modificaciones, que regulan todo lo relativo a las comunidades de propietarios y, por tanto, afectan a la propiedad individual ya las zonas comunes. También será necesario cumplir con lo dispuesto en la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, y demás normativa nacional, autonómica y local.
Realizar una división horizontal tiene un precio medio de 3.800 euros. No obstante, este valor puede oscilar entre los 350€ y los 11.500€, dependiendo de factores como el tamaño del proyecto arquitectónico, las tasas y tasas aplicables, entre otras variables. Si bien algunos de estos costos son fijos y están regulados por reglamentos, otros, como los trabajos de arquitectura, están sujetos a discrecionalidad. A estos valores habría que sumar, además, los costes de las obras.
Peticiones
La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas resume que para la realización de los trámites es necesario contar con el consentimiento de todos los afectados, autorización administrativa y el consentimiento de las 3/5 partes del total de propietarios de los comunidad, entre otras cosas.
Aunque la propiedad puede dividirse posteriormente, en las viviendas de nueva construcción suele ser el propietario del edificio quien realiza los trámites de inscripción del derecho constitucional en el Registro, con el objetivo de poder venderlo de forma independiente.
En ambos casos, las viviendas resultantes de la parcelación deberán cumplir con lo dispuesto en las citadas leyes, así como con la Ley de Ordenación de la Edificación y el Código Técnico de la Edificación.
Será necesario contar con un profesional en arquitectura o ingeniería, ya sea de nivel superior o técnico, así como de un notario, que protocolice los documentos para su gestión administrativa.
permiso municipal
La autorización administrativa para la división de bienes la otorga el consistorio, para lo cual se debe presentar una solicitud con la documentación técnica adjunta que corresponda al proyecto de las obras que se están ejecutando. Su tramitación implica el pago de unas tasas que se recogen en la normativa.
La complejidad del procedimiento y la normativa reglamentaria aplicable aconsejan realizar un estudio de viabilidad como etapa previa.
Nombre constitutivo de la propiedad horizontal
Este documento, también llamado escritura de división horizontal, describe el edificio en general y cada una de sus partes integrantes, sus áreas comunes e instalaciones, la cuota de participación correspondiente a cada piso o área individual, y puede contener los estatutos de la comunidad de propietarios. . .
Formalización y registro
Los documentos sobre división horizontal son proporcionados por un notario público. El precio de este documento está sujeto al impuesto notarial, regulado por el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, que dependerá del valor de la división, del número de folios y ejemplares y del sello.
La inscripción de escrituras en el Registro de la Propiedad conlleva unos costes regulados por el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. En particular, se trata de los costos de inscripción y registro, que variarán según el valor de la propiedad que se registra.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que esta actuación está sujeta al Impuesto sobre actos jurídicos documentados, que es determinado por cada comunidad autónoma, y que constituye la base imponible del valor de la edificación y del suelo, así como la notificación de nuevas obras. , en su caso, y las tarifas aplicadas por la corporación local.
Una simple revisión de una nota sobre el apartamento o las habitaciones es suficiente para verificar si existe una conexión con la división horizontal.
Actualizaciones al catastro
Para informar de la situación al catastro, deberá rellenar el modelo 903N y presentarlo junto con la documentación necesaria, como planos y documentos acreditativos de la propiedad.